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Cómo estudiar una maestría en España: visado de estudios paso a paso
Si te admitieron en una maestría en España y eres de Latinoamérica, necesitas una autorización de estancia por estudios. Te contamos qué requisitos piden, cuánto dinero debes demostrar en 2026, cómo pedir el visado en el consulado y qué puedes hacer al terminar.
Por el equipo de MiRutaEuropa · Actualizado 4 de noviembre de 2026 · Lectura de 8 min

Resumen rápido
- Para quién es
- Latinoamericanos admitidos en una maestría (o grado) presencial o híbrida en España que dure más de 90 días.
- Requisito clave
- Admisión con la matrícula pagada y 600 € al mes para vivir (100% del IPREM).
- Duración
- Lo que dure tu maestría, más 1 mes antes y 15 días después.
- Dónde se pide
- En el consulado de España de tu país, al menos 2 meses antes de empezar las clases.
¿Qué es la estancia por estudios?
Para estudiar en España más de 90 días necesitas una autorización de estancia por estudios. Si la pides desde tu país, te la dan en forma de visado de estudios que te pegan en el pasaporte. Está regulada en el Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), que entró en vigor en mayo de 2025.
Sirve para estudios superiores: grados y másteres universitarios (oficiales y títulos propios), enseñanzas artísticas superiores y FP de grado superior. Las clases deben ser presenciales o híbridas; un máster 100% online no te da derecho a esta autorización.
Ojo con un detalle: es una estancia, no una residencia. Eso importa más adelante, cuando hablemos de la nacionalidad.
Requisitos, uno por uno
1. Admisión y matrícula pagada
Necesitas la carta de admisión de un centro autorizado en España, para estudiar a tiempo completo, y el comprobante de pago de la matrícula. La carta debe indicar el nombre del programa, las horas lectivas, la dirección del centro, la duración, las fechas, el costo y la modalidad (presencial o híbrida).
Además, tu título universitario apostillado (en Perú, por ejemplo, el consulado lo pide certificado por SUNEDU y apostillado por la Cancillería).
2. Medios económicos
Tienes que demostrar que puedes mantenerte sin trabajar. Se calcula con el IPREM, un índice que en 2026 está en 600 € al mes. El costo de la maestría no cuenta: es aparte.
| Quiénes vienen | % del IPREM | Al mes | Para 12 meses |
|---|---|---|---|
| Solo tú | 100% | 600 € | 7.200 € |
| Tú + 1 familiar | 175% | 1.050 € | 12.600 € |
| Tú + 2 familiares | 225% | 1.350 € | 16.200 € |
| Tú + 3 familiares | 275% | 1.650 € | 19.800 € |
Si ya tienes el alojamiento pagado por toda la estancia (por ejemplo, una residencia universitaria), la cantidad se reduce.
Cómo lo demuestras: extractos bancarios de los últimos 6 meses, firmados y sellados por el banco. También puedes usar una beca o el apoyo de tus padres o un familiar (con una carta aval ante notario, su documentación económica y la prueba del parentesco). No se aceptan tarjetas de crédito, fondos de inversión ni depósitos a plazo.
3. Seguro médico
Un seguro de salud (no de viaje) con una aseguradora autorizada en España, válido para toda la estancia, que cubra el 100% sin copagos, carencias ni límites.
4. Antecedentes penales
Si tu maestría dura más de 6 meses, necesitas el certificado de antecedentes penales de los países donde viviste en los últimos 5 años, apostillado y con menos de 3 meses de antigüedad.
5. Certificado médico
Un certificado que diga que no tienes enfermedades graves para la salud pública, con menos de 3 meses, legalizado y apostillado. Algunos consulados solo aceptan los de clínicas concretas (en Lima, por ejemplo, hay una lista cerrada). No te lo piden si haces el trámite desde España.
6. Otros documentos
- Pasaporte con al menos 1 año de vigencia, dos páginas en blanco y expedido hace menos de 10 años.
- Formulario de solicitud de visado nacional y una foto tamaño carné.
- Documento de residencia en el país del consulado (si no eres nacional de ese país).
- Pago de la tasa del visado.
Traducciones y apostillas: todos los documentos oficiales de tu país deben estar apostillados, y si no están en español, con traducción jurada. El consulado pide no llevar papeles que no estén en la lista: pueden retrasar tu solicitud.
Cómo pedir el visado paso a paso
- Consigue tu admisión y paga la matrícula. Sin esto no puedes empezar el trámite.
- Reúne y apostilla tus documentos. Empieza por antecedentes, certificado médico y título, porque caducan a los 3 meses o tardan en apostillarse.
- Pide cita en el consulado (o en el centro de visados que use, como BLS). Hazlo con margen: la solicitud debe presentarse al menos 2 meses antes de empezar las clases.
- Preséntate en persona con todos los documentos, el formulario y la tasa. Te toman las huellas.
- Espera la respuesta. El consulado tiene como máximo 1 mes para resolver. Si no responde, se entiende denegado.
- Recoge tu visado en los 2 meses siguientes a la notificación.
- Viaja a España. Si tu maestría dura más de 6 meses, pide tu TIE (tarjeta de extranjero) en la Policía en el primer mes desde que llegas.
- Cada curso, si tu programa dura más de un año, aporta el justificante de matrícula.
¿Ya estás en España como turista? Con el nuevo reglamento, si eres mayor de edad y estás en situación regular, puedes pedir la estancia por estudios superiores desde España, en línea (plataforma Mercurio) o en la Oficina de Extranjería, al menos 2 meses antes de que termine tu estancia legal. La resolución tarda hasta 2 meses y no necesitas certificado médico. Es una vía útil, pero arriesgada si se te acaban los 90 días: consúltalo antes.
Cuánto cuesta y cuánto tarda
| Concepto | Costo | Plazo |
|---|---|---|
| Visado de estudios | Depende del consulado (ej.: Lima, 352,10 soles) | Máximo 1 mes |
| Estancia por estudios desde España (790-052) | Según la tasa vigente (modelo 790-052) | Máximo 2 meses |
| TIE, primera vez (790-012) | 16,08 € | Cita en Policía en el primer mes |
| Prórroga anual | Según la tasa vigente (modelo 790-052) | Máximo 1 mes |
| Apostillas, traducciones y certificado médico | Según tu país | 2 a 6 semanas |
| Seguro médico | Varía según la aseguradora y tu edad | — |
¿Puedes trabajar mientras estudias?
Sí. Con una estancia por estudios superiores puedes trabajar hasta 30 horas a la semana, como empleado o por tu cuenta, sin pedir otro permiso, siempre que sea compatible con tus estudios. Lo que ganes no cuenta para los medios económicos iniciales: tienes que llegar con ese dinero ya demostrado.
Dos límites que debes conocer:
- Si pasas de las 30 horas, puedes perder la autorización.
- El trabajo debe estar en la misma comunidad autónoma donde estudias.
Las prácticas curriculares de tu máster no necesitan ningún permiso extra.
¿Puedes llevar a tu familia?
Sí. Pueden venir contigo o después (si a tu autorización le quedan al menos 90 días):
- Tu cónyuge o pareja registrada o estable.
- Tus hijos menores de edad (o mayores con discapacidad).
Tienes que sumar sus medios económicos (tabla de arriba) y cada uno necesita seguro médico. Ojo: tus familiares no pueden trabajar con este permiso.
¿Y si tu máster dura más de un año?
Puedes prorrogar la estancia entre 2 meses antes y 3 meses después de que venza, demostrando que sigues estudiando, que tienes medios (aquí sí valen becas o ayuda familiar) y seguro. Cada prórroga dura hasta 1 curso, y puedes pedir hasta 2.
Al terminar tu maestría: ¿cómo te quedas?
Aquí está la gran ventaja del nuevo reglamento:
- Residencia para buscar empleo o emprender: si terminaste un grado o máster en España, puedes pedir una autorización de residencia de 24 meses para buscar trabajo o montar tu empresa. Se pide en los 60 días antes de que venza tu estancia de estudios. Necesitas seguir demostrando el 100% del IPREM y tener seguro. Ojo: durante este periodo no puedes trabajar hasta que consigas el permiso correspondiente.
- Pasar directamente a un permiso de trabajo: si consigues un empleo relacionado con tus estudios, puedes modificar tu estancia a una autorización de residencia y trabajo.
- Nacionalidad española: el tiempo como estudiante no cuenta para la nacionalidad, porque es estancia y no residencia. El contador empieza cuando pasas a una autorización de residencia (por ejemplo, la de búsqueda de empleo o la de trabajo). Desde ahí, si eres iberoamericano, son 2 años. Te lo explico en Cómo obtener el pasaporte español.
Checklist de documentos
- Formulario de solicitud de visado nacional + foto
- Pasaporte (1+ año de vigencia, 2 páginas en blanco)
- Carta de admisión (tiempo completo, presencial o híbrida)
- Comprobante de pago de la matrícula
- Título universitario apostillado
- Extractos bancarios de 6 meses (o beca / carta aval)
- Seguro médico sin copagos ni carencias
- Antecedentes penales de los últimos 5 años (si estudias más de 6 meses)
- Certificado médico (menos de 3 meses)
- Documento de residencia en el país del consulado (si aplica)
- Pago de la tasa
- Apostillas y traducciones juradas
Preguntas frecuentes
¿Puedo hacer un máster online y pedir el visado?
No. Los estudios universitarios tienen que ser presenciales o híbridos.
¿Cuánto dinero necesito para estudiar en España?
Como mínimo legal, 600 € al mes (7.200 € para un año), más el costo de la maestría. En ciudades como Madrid o Barcelona vivir cuesta bastante más.
¿Mis padres pueden ser mis garantes?
Sí, con una carta aval ante notario, su documentación económica y la prueba de parentesco, todo apostillado.
¿Puedo trabajar con visa de estudiante?
Sí, hasta 30 horas a la semana, sin pedir otro permiso.
¿Puedo pedir el visado si ya estoy en España como turista?
Sí, si eres mayor de edad y estás en situación regular, puedes pedir la estancia por estudios desde España al menos 2 meses antes de que termine tu estancia legal.
¿Mi pareja puede trabajar si viene conmigo?
No. Los familiares de un estudiante no tienen permiso para trabajar.
¿Qué pasa cuando termino el máster?
Puedes pedir una residencia de 24 meses para buscar empleo o emprender, o pasar directamente a un permiso de trabajo si ya tienes oferta.
¿El tiempo de estudiante cuenta para la nacionalidad?
No. Cuenta a partir de que pasas a una residencia.
Fuentes oficiales
- Real Decreto 1155/2024, Reglamento de Extranjería (se abre en otra pestaña)
- Ministerio de Inclusión, Estancia por estudios (se abre en otra pestaña)
- Ministerio de Inclusión, Hoja 4 bis: trabajar con una estancia por estudios (se abre en otra pestaña)
- Ministerio de Inclusión, Hoja 20: residencia para búsqueda de empleo o proyecto empresarial (se abre en otra pestaña)
- Consulado General de España en Lima, Visado de estudios (se abre en otra pestaña)
- Consulado General de España en Lima, Tasas consulares (se abre en otra pestaña)
Última revisión: 4 de noviembre de 2026. Esta guía es orientativa y no sustituye la asesoría de un abogado de extranjería.